Estimados clientes les informamos que
Todas las empresas que vendan productos fitosanitarios deben de inscribirse en el sistema REGFER de la Junta de Andalucía si no lo han realizado ya .
¿El estar registrado en el sistema RETO del Ministerio de Agricultura sustituye la inscripción en REGFER?
La respuesta general es no necesariamente.
Las referencias principales son:
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Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios. Su artículo 18 crea el Registro General de Fabricantes y otros Agentes Económicos de Productos Fertilizantes (REGFER).
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Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre, que desarrolla la estructura y funcionamiento del REGFER y regula su actuación. Fue publicada en el BOE n.º 264, de 3 de noviembre de 2025.
El nuevo BOJA corresponde a la inscripción en el Registro General de Fabricantes y otros Agentes Económicos de Productos Fertilizantes (REGFER), creado por el Real Decreto 1051/2022 para fabricantes, importadores, distribuidores y determinadas empresas de servicios relacionadas con productos fertilizantes.
Por tanto:
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Si tu actividad está incluida entre las que deben inscribirse en REGFER (fabricante, importador, distribuidor o empresa de servicios de fertilización), debes estar inscrito en REGFER aunque estés dado de alta en otros registros del Ministerio.
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El registro RETO y REGFER tienen finalidades distintas, por lo que la inscripción en uno no implica automáticamente la inscripción en el otro.